Una situación frecuente en el ámbito previsional se da cuando un jubilado o pensionado fallece mientras tenía iniciado un juicio de reajuste de haberes. Muchas familias desconocen qué ocurre en estos casos y si es posible continuar con el reclamo ya iniciado.
Los derechos no se pierden
Es importante destacar que el fallecimiento del titular no extingue el derecho a cobrar el retroactivo que correspondía. Ese reclamo forma parte del patrimonio del causante y puede ser percibido por sus herederos.
En la práctica, esto significa que los familiares pueden continuar con el proceso judicial y cobrar las sumas que hubieran correspondido al jubilado o pensionado, siempre que se acredite el vínculo sucesorio.
El rol de los herederos
Cuando ocurre el fallecimiento, los herederos deben presentarse en el expediente de reajuste para solicitar:
La continuidad del proceso judicial.
El reconocimiento de los montos retroactivos adeudados.
El cobro de lo que correspondía al titular hasta la fecha de su fallecimiento.
Este paso es fundamental, ya que sin la intervención de los herederos, el juicio queda paralizado.
El consejo más importante
En estos casos, lo recomendable es contactarse de inmediato con el abogado que llevó adelante la causa original. Ese profesional ya conoce el expediente, los fundamentos del reclamo y la estrategia judicial, lo que permite avanzar de manera más ágil en la representación de los herederos.
De esta forma, se garantiza que la familia pueda percibir lo que legítimamente corresponde y que no se pierda el derecho adquirido por el jubilado o pensionado.
Nuestro compromiso
En nuestro Estudio Jurídico acompañamos a las familias en estos procesos, orientando a los herederos y representándolos en los expedientes de reajuste de haberes.

